El certificado de edictos y el de capacidad matrimonial; son documentos donde certificamos– previo requerimiento del nacional a solicitud del organismo español – algunos asuntos de interés legal relativos al régimen matrimonial establecidos en el Código Civil Venezolano (CCV). El certificado de edictos es un documento donde dejamos constancia que el CCV establece, que la publicación de carteles para contraer nupcias civil es un requisito a cumplir por los contrayentes en territorio nacional venezolano. En el certificado de capacidad matrimonial, se transcriben algunos artículos del CCV relativos al régimen matrimonial.
La solicitud de estos certificados se tramitará vía correo postal. En tal sentido, el(la) interesado(a) deberá enviar los requisitos vistos al margen de la siguiente dirección postal:
Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Bilbao, Reino de España: Paseo Campo Volantín 24 Piso 2, Oficinas 3 y 4. Bilbao. 48007.
Recibidos los requisitos, procederemos a notificarle vía correo electrónico el número de cuenta bancaría donde deberá depositar los aranceles que genera el trámite (50 Euros).
Realizado el pago de los aranceles, deberá enviarnos por la misma vía el correspondiente resguardo, para proceder finalmente a remitir a la dirección indicada en el sobre prepagado, el trámite que ha solicitado a la oficina consular. contacto@consulvenbilbao.org.
Actuación consular sólo aplicable a ciudadanos venezolanos.