Los venezolanos que hayan contraído matrimonio fuera del territorio nacional, tienen el deber de registrarlo ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela; siempre y cuando el acto civil de matrimonio hubiese tenido lugar en nuestra circunscripción consular:
Con la gestión de este trámite el acto civil de matrimonio español tendrá valor jurídico en la República Bolivariana de Venezuela.
En el caso de que el matrimonio se haya celebrado en otra Comunidad; le agradecemos nos sea informado previamente a la siguiente dirección: contacto@consulvenbilbao.org
Siendo que para la formalización del registro es indispensable la presentación previa de la documentación para su respectiva revisión, nuestros connacionales deben remitir el expediente con los documentos arriba indicados, a la siguiente dirección:
Consulado General de la República Bolivariana
de Venezuela en Bilbao, Reino de España:
Paseo Campo Volantín 24
Piso 2, Oficinas 3 y 4.
Bilbao. 48007
Posteriormente, será contactado por el Consulado para fijar una cita a fin de firmar el registro.
Esta actuación es gratuita, no genera derecho consular, según el Artículo N° 55 de la Ley Orgánica de Servicio Consular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 3.998 de fecha 21 de Agosto de 1997.