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RENUNCIA A LA NACIONALIDAD VENEZOLANA

La Ley de Nacionalidad y Ciudadanía establece los siguientes procedimientos para renunciar a la nacionalidad venezolana:

Renuncia a la Nacionalidad venezolana por nacimiento:

Artículo 15. Cuando la renuncia de la nacionalidad venezolana se efectúe en territorio extranjero, deberá hacerse mediante documento autenticado o ante la representación consular venezolana correspondiente y la misma deberá ser enviada por la persona interesada al Registro Civil de la jurisdicción donde se halle inscrita su partida de nacimiento. En todo caso, hasta tanto no se haya inscrito la renuncia en el Registro Civil, ésta no surtirá efecto alguno en la República Bolivariana de Venezuela. Es decir, la renuncia a la nacionalidad venezolana no surtirá efecto jurídico, hasta tanto se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento del renunciante.”

Artículo 16. La persona que haya renunciado a la nacionalidad venezolana por nacimiento podrá recuperarla siempre y cuando establezca su residencia en el territorio de la República por un período no menor de dos años y una vez cumplido dicho plazo realice la declaración de voluntad de recuperar la nacionalidad venezolana, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de esta Ley”.

Renuncia a la Nacionalidad venezolana por naturalización:

“Artículo 47. Cuando la renuncia se efectúe en territorio extranjero, deberá hacerse mediante documento autenticado o ante la representación consular venezolana correspondiente y el mismo deberá ser enviado por la persona interesada al Registro Civil de la jurisdicción donde se halle inscrita su Carta de Naturaleza. En todo caso, hasta tanto no se haya inscrito la renuncia en el Registro Civil ésta no surtirá efecto alguno en la República Bolivariana de Venezuela.”

“Artículo 49. La persona que haya renunciado a la nacionalidad venezolana por naturalización podrá recuperarla cumpliendo con las condiciones generales para la obtención de la Carta de Naturaleza, así como con el procedimiento de Naturalización establecido en esta Ley”.


Requisitos:
  1. Una (1) copia de su Registro Consular Único. Si no lo ha hecho, puede hacer ambos trámites al mismo tiempo. Verifique los recaudos y procedimientos en este enlace: REGISTRO CONSULAR ÚNICO
  2. Una (1) copia del empadronamiento. Recuerde que nuetra jurisdicción comprende las comunidades autonomas de: Navarra, País Vasco, Cantabria y La Rioja.
  3. Completar el Formulario Único de Solicitud en letra legible, sin tachaduras ni abreviaturas y firmado por el (los) solicitante(s). Este formulario puede descargarse en este enlace: Formulario Único de Solicitud
  4. Tres (3) copias del acta de nacimiento del renunciante. Si es venezolanos por Naturalización, aportar tambien tres (3) copias de la Gaceta Oficial de Naturalización o del Acta de Naturalización (según sea el caso).
  5. Tres (3) copias simples legible de la cédula de identidad y/o pasaporte del renunciante, como se muestra en la siguiente imagen:

    Pasaportes sin Prorrogas

    fotocopia solicitante
    Una Sola Hoja - Tamaño A4

    Pasaportes con Prorroga

    fotocopia solicitante
    Una Sola Hoja - Tamaño A4
  6. Demostrar que posee otra nacionalidad.

    En el supuesto de presentarse el pasaporte extranjero del solicitante como constancia de haber obtenido otra nacionalidad, la misma deberá estar debidamente certificada por la Representación Diplomática o Consular del país que emite el pasaporte, dejando la observación en el acta de renuncia a la nacionalidad venezolana de que se tuvo a la vista el documento original.

    En el caso de ostentar la nacionalidad española, deberán consignar original de Literal de Nacimiento español debidamente apostillado.

  7. Carta explicativa de las razones que justifican la renuncia a la nacionalidad venezolana.
  8. Consignar los originales de su documentación venezolana (pasaporte y cédula) aunque esten vencidos. En caso de perdida o robo, debe presentar el original de la declaración a las autoridades.
TODOS LOS REQUISITOS SON OBLIGATORIOS

¿Cómo formalizar el Registro?

Siendo que para la formalización del registro es indispensable la presentación previa de la documentación para su respectiva revisión, nuestros connacionales deben enviar por correo postal (puede informarse en una oficina de Correos ES) el expediente con TODOS los documentos arriba indicados, a la siguiente dirección:

Consulado General de la República Bolivariana
de Venezuela en Bilbao, Reino de España
:
Calle Ibañez de Bilbao 2
Bajo - Esquina derecha.
Bilbao - 48001
Vizcaya

Posteriormente, será contactado por nuestra Oficina Consular para fijar una cita a fin de formalizar el documento y firmar la renuncia.

Esta actuación es gratuita, no genera derecho consular, según el Artículo N° 55 de la Ley Orgánica de Servicio Consular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 3.998 de fecha 21 de Agosto de 1997.


NOTA: La renuncia a la nacionalidad venezolana no surtirá efecto jurídico, hasta tanto se registre la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento del renunciante en Venezuela.