Los venezolanos que hayan contraído matrimonio fuera del territorio nacional, tienen el deber de registrarlo ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela; siempre y cuando el acto civil de matrimonio hubiese tenido lugar en nuestra circunscripción consular:
Con la gestión de este trámite el acto civil de matrimonio español tendrá valor jurídico en la República Bolivariana de Venezuela.
IMPORTANTE :
Si el estado civil de uno o ambos conjuges era diferente a Soltero/a antes del matrimonio a registrar, debe consignar ademas de los otros requisitos el documento requerido:
- Divorciado/a: Copia del Acta de Divorcio.
- Viudo/a: Copia del Acta de Defunción del conjuge.
En el caso de que el matrimonio se haya celebrado en otra Comunidad distinta a nuestra jurisdicción; le agradecemos nos sea informado previamente a la siguiente dirección electrónica: contacto@consulvenbilbao.org
Siendo que para la formalización del registro es indispensable la presentación previa de la documentación para su respectiva revisión, nuestros connacionales deben enviar por correo postal (puede informarse en una oficina de Correos ES) el expediente con los documentos arriba indicados, a la siguiente dirección:
Consulado General de la República Bolivariana
de Venezuela en Bilbao, Reino de España
Calle Ibañez de Bilbao 2
Bajo - Esquina derecha.
Bilbao - 48001
Adjuntar un Sobre de Correo Prepagado tamaño A4, en el cual el solicitante debe colocar en el "Destinatario" de manera legible sus datos y su dirección de residencia, con el cual, la Oficina Consular le remitirá el documento solicitado una vez este realizado. (El sobre lo puede adquirir en las oficinas de correo).
Esta actuación es gratuita, no genera derecho consular, según el Artículo N° 55 de la Ley Orgánica de Servicio Consular, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 3.998 de fecha 21 de Agosto de 1997.