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Convenio de La Haya:

Documentos que se pueden legalizar:

Para que cualquier documento emitido por organismos españoles pueda surtir plenos efectos legales en Venezuela, la Oficina Consular debe dar fe de la autenticidad de las firmas de las autoridades locales competentes; previamente, los interesados deben cumplir con la correspondiente cadena de legalizaciones que podría resumirse de esta manera:

Documentos Públicos:

Títulos Universitarios, Partidas de Nacimiento o de Matrimonio, Actas de Manifestaciones, Autorizaciones, etc.), los pasos previos a seguir para su legalización en el Consulado General son:

  1. Los documentos a legalizar deben ser legitimados por un Notario Público residente en la jurisdicción de este Consulado General.

  2. Presentar el documento notariado en el Colegio de Notarios o Tribunales Superiores de Justicia correspondientes en el país de origen (España), para que le coloquen la Apostilla de La Haya. De este modo el documento será legalmente aceptado en Venezuela y/o en cualquier país que esté adherido al Convenio de La Haya, del 5 de octubre de 1961.

Este trámite no tiene costo alguno.


No forman parte de los Documentos Públicos:

Aquellos que involucren algún tipo de actividad comercial o lucrativa, como los Certificados de Origen, los Certificados de Envejecimiento, los Certificados Fitosanitarios, etc.

En estos casos, los pasos a seguir incluyen:

  1. Legalizar el Certificado en la Cámara de Comercio respectiva.

  2. Presentar el Documento a legalizar en el Consulado General y cancelar en la entidad bancaria correspondiente la cantidad estipulada para cada legalización, por concepto de derechos consulares (será imformado al otorgarle la cita).

Observaciones:

  • Los documentos pueden ser legalizados por una oficina consular sólo cuando éstos son expedidos dentro de su jurisdicción, y cuando el notario público o la autoridad competente esté registrado en su jurisdicción.
    En la oficina reposarán archivos de firmas y sellos de las autoridades correspondientes.

  • En el caso de los documentos de estudios superiores en España (títulos, notas certificadas, programas), el solicitante deberá legalizarlos ante el Ministerio de Educación en Madrid (www.mec.es) y colocarles la Apostilla de la Haya.
    En el caso de la documentación de educación primaria y secundaria, deberá acudir a la Consejería del Gobierno Autónomo respectiva para su legalización y luego colocarles la Apostilla de la Haya.